martes, 5 de julio de 2016

El Banco Central de Venezuela entregó estadísticas completas al FMI después de 12 años


Publica "El Nacional":

Economistas aseguran que la decisión de dar a conocer las cifras obedece al interés del gobierno por lograr financiamiento

Por primera vez en 12 años, el Banco Central de Venezuela envió al Fondo Monetario Internacional toda la información estadística sobre el comportamiento de la economía, aseguró una fuente vinculada al ente emisor.

Hace unas semanas el comité ejecutivo del departamento occidental del FMI envió una comunicación al BCV solicitando nuevamente las cifras oficiales. Si bien no era la primera vez que el organismo exigía ese requerimiento, en esta ocasión sí se recibió respuesta. La fuente indicó que alto gobierno ordenó que se entregaran todas las estadísticas requeridas. 

Desde el año 2004 el ente emisor dejó de enviar con regularidad las cifras oficiales luego de que el fallecido presidente Hugo Chávez ordenara el cierre de la oficina del FMI en el país. 
En esa oportunidad el mandatario ordenó que Venezuela abandonara la membrecía del fondo y así lo anunció públicamente. Sin embargo, sus asesores le recomendaron que renunciara a esa idea en vista de las grandes emisiones de bonos de la República y de Petróleo en Venezuela que ya estaban en puerta. 

En los contratos de compra de papeles se requería que Venezuela estuviera inscrita dentro del fondo como una garantía irrenunciable. Por esa razón, afirmó la fuente, Chávez retrocedió en su decisión y Venezuela continúo siendo miembro activo del FMI.

La última vez que los técnicos de FMI vinieron a Venezuela fue con una misión no oficial en 2007. De acuerdo con la fuente en 2015, mientras Rafael Ramírez era vicepresidente del área económica, hubo contactos con funcionarios del organismo para el diseño de las políticas económicas que impedirían que la escasez y la inflación se aceleraran. Pero por órdenes del presidente Nicolás Maduro ese plan no se llevó a cabo.
 
¿Qué hay detrás? El artículo IV del Convenio Consultivo del FMI señala en la sección 2 que todo país miembro notificara al fondo su información estadística para que así el multilateral pueda supervisar el régimen cambiario de ese país. En el artículo VIII, sección 5 se establecen las obligaciones de cada país miembro: “El fondo puede requerir a sus miembros la entrega de información si lo considera necesario para sus actividades, incluyendo el mínimo necesario para el efectivo funcionamiento de los deberes del fondo, la data nacional en cuanto a las cifras sobre los activos dentro y fuera del país, el oro y las reservas internacionales”.

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