miércoles, 15 de junio de 2016

¿Qué es ser refugiado y quién puede serlo?


Publica el "Diario de Navarra" 

Si introducimos en #Google la acepción #refugiados (entendiéndola como un ‘ser’ con consideración de ambos géneros) obtenemos millones de enlaces. Sin embargo, ¿sabemos que entraña esta figura en la legalidad internacional y quién puede optar a conseguir este status?

Vamos a intentar explicarlo esta semana, que nos conduce al  Día Mundial del Refugiado (20 junio), en este Blog de #DiariodeNavarra #+es+cooperaciónydesarrollo

Haciendo historia

Los desplazamientos forzados de personas forman parte de la Historia de la humanidad. Conflictos bélicos o persecuciones directas por diferentes motivos, han expuesto a seres humanos en la necesidad de abandonar sus países de origen para proteger sus vidas o libertades.

Los gobiernos son los encargados de hacer cumplir las leyes de un país. Cuando los gobiernos no pueden o no quieren cumplir estas funciones, sobre todo durante conflictos o desórdenes civiles, muchas personas huyen de sus hogares, a menudo a otros países, donde se les puede considerar refugiados y donde se les puede garantizar que sus derechos básicos sean debidamente respetados.


La Convención de Ginebra sobre el estatuto de los Refugiados se inspiró en la preocupación internacional por garantizar que no se repitan el desprecio de la vida humana, el desplazamiento y la persecución de los años de la guerra. La Convención tenía sin duda un carácter humanitario.

Los Estados decidieron ampliar el alcance global de la Convención, cuando aprobaron posteriormente un Protocolo de la Convención en 1967, en virtud del cual sus disposiciones se hacían aplicables a todos los refugiados, y no sólo a los que se habían visto obligados a huir antes de 1951 o a los que se encontraban en Europa.

Los gobiernos de acogida son los principales responsables de la protección de los refugiados. Los 142 países partes de la Convención de 1951 y/o del Protocolo de 1967 están obligados a cumplir las disposiciones. Esto nos lleva directamente al Derecho Internacional Humanitario, promovido por Cruz Roja, en el que se circunscribe el Derecho Internacional de los Refugiados.

Os ponemos el enlace al comentario completo:

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